Políticas

Política de Ética Empresarial

La Política de Ética Empresarial de Papaya Technologies Co., Ltd. (“la Empresa”), plasmada en las siguientes normas, es una guía para la toma de decisiones éticas. Las normas de esta Política podrán implementarse, interpretarse o modificarse periódicamente mediante procedimientos escritos u otras directrices de cumplimiento. Esta Política está disponible en el sitio web de la Empresa: www.papaya.co.th/policies

Declaración de Intención

Es política de la Empresa asegurar que las acciones de los empleados, contratistas, directores y propietarios de la Empresa se rijan por el más alto nivel de comportamiento ético.

Alcance

Las siguientes normas de conducta se aplicarán en todos los niveles de la organización. Toda persona que las infrinja quedará sujeta a medidas disciplinarias inmediatas, que podrán incluir el despido con causa justificada.

Ética Empresarial

Cumplimiento de las Leyes, Normas y Reglamentos:
Los empleados y directores de la Empresa están obligados a cumplir con todas las leyes, normas y reglamentos aplicables. Los empleados también son responsables de respetar y acatar los contratos que hemos celebrado con terceros, incluidas las licencias de propiedad intelectual, los acuerdos de confidencialidad, los contratos con nuestros clientes y proveedores, así como los compromisos y demás obligaciones que podamos tener con las autoridades gubernamentales.
Conflictos de Interés:
Existe un conflicto de interés cuando nuestros intereses personales interfieren de cualquier manera con nuestra capacidad de desempeñar nuestro trabajo de forma objetiva y en el mejor interés de la Empresa. Para que la Empresa pueda llevar a cabo su actividad de manera eficaz, debe contar con la lealtad plena de sus empleados. Por lo tanto, los empleados deben abstenerse de entablar relaciones o realizar transacciones que puedan menoscabar su criterio sobre lo que es mejor para la Empresa. Incluso deben evitarse las relaciones que generen la apariencia de un conflicto de interés. Todo empleado ante quien se presente una transacción o relación que pudiera crear un conflicto de interés deberá poner dicha transacción o relación en conocimiento de la Empresa y proporcionar una divulgación completa por escrito de las circunstancias que rodean el conflicto.
Inversiones:
Ningún empleado, funcionario o director de la Empresa podrá tener un interés financiero en cualquier competidor, cliente, distribuidor, intermediario o proveedor cuando dicho interés financiero pudiera influir, o aparentar influir, en sus acciones en nombre de la Empresa.
Obsequios y Atenciones:
La aceptación de obsequios y atenciones por parte de los empleados y directores o de los miembros de su familia puede presentar un conflicto de interés. Si bien los empleados y directores tienen permitido aceptar obsequios de valor nominal, se les prohíbe aceptar cualquier cosa que pudiera influir en su criterio sobre asuntos de la Empresa que afecten al donante del obsequio, o que pudiera ir acompañada de cualquier entendimiento expreso o implícito de que el receptor del obsequio queda de algún modo obligado a realizar alguna acción que beneficie al donante en detrimento de la Empresa a cambio del obsequio. De igual manera, los empleados podrán aceptar atenciones, pero solo en la medida en que sean razonables en el contexto del negocio en cuestión y favorezcan los intereses de la Empresa. Cuando sea práctico y apropiado, la hospitalidad debe corresponderse recíprocamente. Se prohíbe estrictamente a los empleados solicitar obsequios, gratificaciones o cortesías comerciales en beneficio de cualquier familiar o amigo.
Oportunidades Corporativas:
Ningún empleado de la Empresa, incluidos sus funcionarios y directores, podrá perseguir o emprender, en beneficio personal propio o en beneficio de cualquier otra persona u organización, ninguna iniciativa comercial, oportunidad u oportunidad potencial que se encuentre dentro del ámbito de actividad de la Empresa sin obtener primero el consentimiento de esta. Los empleados, funcionarios y directores de la Empresa tienen el deber para con la Empresa de promover sus intereses legítimos cuando surja la oportunidad de hacerlo.
Información Confidencial:
Todos los empleados y directores tienen la obligación de salvaguardar la información confidencial de la Empresa, así como la información confidencial que nuestros proveedores, clientes, socios asociados y contratistas han confiado a la Empresa. Los empleados y directores deben ser conscientes en todo momento de su obligación de proteger la información confidencial contra la divulgación no autorizada.
Trato Justo:
La Empresa se compromete a que sus empleados actúen de manera justa y honesta con los clientes, proveedores, competidores y demás empleados de la Empresa.
Exenciones de la Política de Ética Empresarial
Cualquier solicitud de exención de alguna norma de esta Política solo podrá ser concedida por la Empresa. Todos los empleados y directores deben tener presente que, por lo general, la Empresa no concederá dichas exenciones y solo lo hará cuando exista una razón imperiosa.

Política Anticorrupción y Antisoborno

Papaya Technologies Co., Ltd. (la “Empresa”) se compromete a llevar a cabo sus negocios de manera honesta, transparente y justa, tomando en consideración a todas las partes interesadas. En consecuencia, para asegurar que la Empresa cuente con una política adecuada que defina las responsabilidades y los procedimientos operativos apropiados para prevenir la corrupción y el soborno, así como para garantizar que todas las decisiones de negocio que puedan estar en riesgo de corrupción y soborno se consideren y gestionen con la debida deliberación, la Empresa ha establecido por escrito una “Política Anticorrupción y Antisoborno” con el fin de proporcionar directrices de conducta claras para todos los directores, ejecutivos y empleados de la Empresa en el desempeño de sus funciones.

Directrices de Buena Conducta para Prevenir la Corrupción y el Soborno

(a) La Empresa reconoce la importancia de difundir y proporcionar conocimiento, así como de desarrollar la comprensión de la Política Anticorrupción y Antisoborno entre todos los directores, ejecutivos y empleados de la Empresa.

(b) Los empleados de la Empresa deben acatar la Política Anticorrupción y Antisoborno, asegurándose de no participar en actos de corrupción o soborno, ya sea de forma directa o indirecta.

(c) Los empleados de la Empresa no deben pasar por alto ni ignorar los incidentes relacionados con la Empresa de los que sean testigos y que puedan constituir corrupción. Todo incidente de esta índole debe comunicarse al superior del empleado o a la persona responsable de dichos asuntos, y el empleado debe cooperar en cualquier investigación de los hechos.

(d) La Empresa proporcionará canales de comunicación seguros que permitan a los empleados de la Empresa solicitar asesoramiento, denunciar conductas indebidas, formular sugerencias o presentar quejas relacionadas con la corrupción y el soborno. La Empresa garantizará que se otorguen medidas de equidad y protección a toda persona que presente una denuncia o preste cooperación en la denuncia de corrupción y soborno.

(e) Los empleados de la Empresa que incurran en corrupción o soborno, en contravención de esta Política Anticorrupción y Antisoborno, se enfrentarán a medidas disciplinarias conforme a los reglamentos de la Empresa, así como a acciones legales de acuerdo con las leyes pertinentes.

(f) La Empresa llevará a cabo un seguimiento y una evaluación periódicos de las medidas anticorrupción y antisoborno para asegurar la correcta implementación de la Política Anticorrupción y Antisoborno.

Políticas de Apoyo a la Lucha contra el Soborno y la Corrupción

Donaciones benéficas
La donación de dinero o bienes con fines benéficos, filantrópicos y de patrocinio debe realizarse de manera legal y transparente. Debe existir evidencia de que las actividades se llevaron a cabo conforme a un programa benéfico declarado, y toda donación benéfica debe efectuarse con el objetivo de apoyar el logro exitoso de los objetivos del programa y de generar verdaderos beneficios para la sociedad. Los empleados de la Empresa deben actuar con cautela para asegurar que las donaciones benéficas no se utilicen como método para encubrir el soborno y que no impliquen el intercambio mutuo de beneficios con ningún individuo u organismo en particular.
Patrocinios
Los patrocinios deben realizarse únicamente con el objetivo de desarrollar las relaciones públicas, la buena imagen y la reputación de la Empresa. Los patrocinios deben llevarse a cabo de manera legal y transparente, con evidencia de que el solicitante del patrocinio ha participado en el programa de actividades declarado. Los empleados de la Empresa deben actuar con cautela para asegurar que los patrocinios no se utilicen como método para encubrir el soborno y deben poder aportar evidencia de que los patrocinios o la provisión de otros beneficios a los que pueda atribuirse un valor monetario, tales como alojamiento y alimentación, no impliquen el intercambio mutuo de beneficios con ningún individuo u organismo en particular.
Pagos de facilitación
La Empresa no tiene por política otorgar ningún tipo de pago de facilitación a funcionarios públicos o empleados del sector privado para agilizar procesos o asegurar resultados fuera de las prácticas comerciales normales de la Empresa.
Obsequios, atenciones y otros gastos
La Empresa ha establecido una política para dar o recibir beneficios que incluyen bienes, servicios, facilitaciones o atenciones en el marco de las relaciones comerciales. Dichos intercambios deben realizarse dentro de los límites de la costumbre comercial normal y de conformidad con las leyes pertinentes, ser de un valor apropiado y no deben utilizarse como incentivo para cometer actos indebidos.

Adquisiciones

El proceso de adquisiciones de la Empresa debe ser honesto, transparente, auditable y estar en cumplimiento de las leyes.

Capacitación y Comunicación

Empleados de la Empresa

(a) La Empresa proporcionará capacitación y conocimiento sobre las políticas y medidas relacionadas con la lucha contra el soborno y la corrupción y/u otros asuntos éticos a sus directores, ejecutivos y Empleados. También ofrecerá una orientación para los nuevos Empleados con el fin de concienciar sobre las diversas formas de corrupción y soborno, los riesgos derivados de incurrir en corrupción y soborno, así como los métodos para denunciar incidentes de corrupción o soborno sospechados o presenciados.

(b) Todos los Empleados de la Empresa pueden acceder a esta Política Anticorrupción y Antisoborno a través de los canales apropiados como, por ejemplo, el correo electrónico, el sitio web de la Empresa, los medios impresos o los carteles de anuncios, a fin de asegurar que los empleados de la Empresa hayan leído y comprendido esta Política Anticorrupción y Antisoborno.

Representantes comerciales, alianzas comerciales, proveedores
La Empresa comunicará la Política Anticorrupción y Antisoborno a asesores, agentes, intermediarios, representantes comerciales, alianzas comerciales, proveedores y asociados para su conocimiento, y alentará a todas las partes a adherirse a los mismos estándares de responsabilidad social corporativa que la Empresa.

Medidas Disciplinarias

Los empleados de la Empresa que no cumplan con la Política Anticorrupción y Antisoborno de la Empresa y sus medidas se enfrentarán a medidas disciplinarias conforme a los reglamentos de la Empresa, que podrán incluir la terminación de la relación laboral en los casos en que la Empresa lo considere necesario, y/o podrán enfrentarse a acciones legales.

Última actualización: Estos Términos del Servicio se actualizaron por última vez el 24 de abril de 2023.